jueves, abril 23, 2026
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Código Penal castigará con cárcel a agentes que impidan grabaciones durante detenciones

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Santo Domingo.- El proyecto de reforma al Código Penal dominicano, actualmente en su etapa final en la Cámara de Diputados, contempla sanciones específicas para los miembros de la Policía Nacional y otros funcionarios que incurran en abusos de poder durante detenciones, registros y otros procedimientos.

Uno de los puntos más destacados es el artículo 286, que penaliza con entre quince días y un año de prisión, además de una multa equivalente al doble del salario del agente, a aquellos policías que impidan a los ciudadanos grabar actuaciones como arrestos, allanamientos o registros.

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Este proyecto, ya aprobado en el Senado y pendiente de segunda lectura en la cámara baja, también incorpora garantías para las personas privadas de libertad. El artículo 285 establece penas para los agentes que nieguen a un detenido su derecho a realizar una llamada para informar a su abogado o familiares, salvo en casos excepcionales por razones de fuerza mayor.

En esa misma línea, el artículo 287 castiga a quienes ordenen o ejecuten detenciones arbitrarias, mientras que el 288 sanciona a los funcionarios que, teniendo autoridad y conocimiento sobre una privación ilegal de libertad, se abstengan de intervenir. Además, el artículo 289 contempla hasta tres años de prisión para los encargados penitenciarios que retengan a una persona sin orden judicial o extiendan de forma ilegal su estadía en prisión.

Aunque el proyecto inicial incluía el artículo 293, que sancionaba las revisiones injustificadas de vehículos por parte de policías y militares, este fue eliminado a solicitud de la Procuraduría antes de su aprobación en primera lectura en el Senado.

La pieza legislativa busca fortalecer las garantías ciudadanas y sancionar con mayor firmeza los abusos de autoridad.

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