Los ayatolás son el segundo rango más alto en la jerarquía de los clérigos del islam chií duodecimano. La palabra viene del árabe y significa ‘señal de Dios’. En el contexto iraní, un ayatolá es un alto clérigo chií, mientras que el Líder Supremo es la máxima autoridad política y religiosa del país. El Líder Supremo es, por lo general, un ayatolá de gran prestigio y autoridad, pero no todos los ayatolás son Líderes Supremos.
Son clérigos expertos en la sharía o ley islámica que se han ganado el derecho a interpretarla, enseñarla y promulgar sus opiniones doctrinales. Es importante saber, que para los chiíes, estos grandes clérigos son los representantes de los doce profetas descendientes de Mahoma, por eso tienen la potestad de interpretar el islam e impartir justicia, con toda la responsabilidad también política que eso conlleva.
Los ayatolás son figuras clave en países como Irán e Irak, donde el chiismo es predominante, y tienen influencia en la política y la sociedad.
El ayatolá es la máxima autoridad política y religiosa y las fuerzas armadas, la televisión estatal y el poder judicial están bajo su control, así como la política exterior. Es por eso que Irán está considerado un régimen teocrático, pues su jefe de Estado es un líder religioso. Actualmente, ese puesto de Líder Supremo está ocupado por el ayatolá Alí Jamenei, con una posición antioccidental similar a la de su predecesor y con el objetivo claro de eliminar a Israel del mapa.
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El ayatolá es un cargo meramente religioso, aunque a veces se crea que es un cargo político. Sin embargo, al ser Irán una república islámica, su líder supremo debe ser siempre un ayatolá.
¿Cómo se elige?
Según la Constitución iraní, el líder supremo es elegido por la Asamblea de Expertos, un órgano elector compuesto por 88 clérigos chiíes que además de tener la responsabilidad de elegir al líder supremo, tienen la obligación de supervisar sus decisiones y en caso de que así lo consideren, despedir al jefe del Estado iraní.
Funciones
- Dentro de sus funciones está emitir fatwas (decretos religiosos) que guían a los fieles chiitas en asuntos morales, legales y sociales.
- Nombra a jefes del ejército, del sistema judicial y medios de comunicación estatales.
- Aprueba o veta candidatos a elecciones (a través del Consejo de Guardianes, que en parte él mismo designa).