martes, abril 21, 2026
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Sin causales: El Código Penal mantiene sanciones al aborto

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Santo Domingo.- Faltando todavía unos 20 artículos sobre la mesa, alrededor de las seis de la tarde de este viernes concluyó su trabajo la Comisión Bicameral que tiene a su cargo el estudio del proyecto de Código Penal. El senador Santiago Zorrilla, presidente de la comisión, expresó tras concluir la reunión que los integrantes de la misma están comprometidos con el proyecto, los cuales considera han actuado con “mucha responsabilidad”.

En la jornada de hoy, que comenzó a las 10 de la mañana, los senadores y diputados se concentraron en debatir sobre la definición y tipificación de temas como el secuestro, el arresto ilegal y el abuso de niños, niñas y adolescentes. Para los casos de secuestro y arresto ilegal, la pena acordada será de 30 a 40 años, en tanto que para los abusos contra menores de edad será de 20 a 30 años de reclusión, con sus respectivas multas.

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En lo que tiene que ver con las agresiones sexuales entre adultos, las penas serán de uno a dos años, mientras que si involucra a niños, serán de 10 a 20 años, lo que para los legisladores tiene mayor proporcionalidad jurídica.

Un elemento que quedó cerrado de manera definitiva para los congresistas es darle espacio a las tres causales o excepciones para la interrupción del embarazo en el ordenamiento jurídico sin que sean penalizadas, al aprobar tres artículos que mantendrán a la República Dominicana entre los cinco países tienen penas en cualquier escenario para la interrupción del embarazo.

En el caso del aborto, puesto en los artículos 109, 110 y 111 del proyecto, se establece que el “aborto consentido” es cuando una mujer accede voluntariamente a interrumpir su embarazo con asistencia médica, por el cual sancionará al profesional de la salud con una pena de prisión de dos a tres años, como a la mujer que lo permita.

En el escenario de que una mujer se provoque el aborto utilizando brebajes o medicamentos, la ley impondrá una condena de dos a tres años de cárcel, esto bajo el nombre de “aborto autoprocurado”. En lo que se refiere al “aborto forzado”, para la nueva norma será cuando una persona obliga a otra a abortar sin su consentimiento, con una pena de 20 a 30 años de prisión.

Dentro de la propuesta en discusión se plantea una eximente que reza de la manera siguiente; “la interrupción del embarazo practicada por personal de la salud especializado no será sancionada si, para salvar la vida de la madre y del feto en peligro, se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles al momento del hecho”.

La comisión tiene todavía que terminar de validar y revisar los artículos que faltan, pero la vocación y proyección que manifiestan los diputados y senadores es que la próxima semana comiencen los debates en el pleno del Senado de la República para concluir 20 años de debate sobre el Código Penal.

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